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MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA FACILITAR LA MEDICACIÓN A DETERMINADOS PACIENTES EN SUS DOMICILIOS ANTE LA SITUACIÓN DE ESTADO DE ALARMA OCASIONADA POR EL COVID-19
MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA FACILITAR LA MEDICACIÓN A DETERMINADOS PACIENTES EN SUS DOMICILIOS ANTE LA SITUACIÓN DE ESTADO DE ALARMA OCASIONADA POR EL COVID-19
De forma excepcional ante las medidas adoptadas en esta situación de crisis sanitaria, por la declaración de Estado de Alarma y con el fin de asegurar el acceso a su medicación a los pacientes que por sus circunstancias especiales no pueden desplazarse a la farmacia, evitando así salidas de su domicilio que puedan potenciar el riesgo de contagio, las farmacias facilitarán a través de entidades colaboradoras, la medicación a los pacientes especialmente vulnerables que no puedan acudir a las farmacias a por sus tratamientos.
Podrán acogerse a esta posibilidad aquellas personas que vivan solas sin posibilidad de apoyo de otras personas de su entorno, y que no puedan salir de su domicilio o esto no sea recomendable debido a:
•Problemas de movilidad
•Enfermedad aguda (COVID-19 u otros procesos que cursen con fiebre o con síntomas de enfermedad infecciosa)
•Situación de cuarentena domiciliaria por COVID-19
•Procesos crónicos complejos incluidos en los grupos de mayor riesgo de infección por Covid-19: enfermedades respiratorias, cardiovasculares, cáncer, diabetes o cualquier otro que suponga un déficit de la inmunidad (VIH, procesos autoinmunes, etc....)
•Aquellos habitantes de municipios sin farmacia que no puedan desplazarse
•Otros pacientes que, a juicio de Ayuntamientos, Diputaciones o de las otras entidades colaboradoras, requieran este servicio