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ORDENANZA REGULADORA DE LIMPIEZA Y VALLADO DE PARCELAS

BANDO

 

D. RAÚL GÓMEZ PINTADO, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Boecillo,

 

HACE SABER:

 

De conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se habilita a los municipios a ejercer las competencias en materia de urbanismo y salubridad pública.

De acuerdo con la legislación urbanística de Castilla y León, el Ayuntamiento aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE LIMPIEZA Y VALLADO DE PARCELAS, publicada su aprobación definitiva en B.O.P de Valladolid del 24 de mayo de 2021.

En su artículo 4, se establece la obligación de mantener sus parcelas y terrenos libres de desechos y residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.

Así mismo, deberán mantenerlas libres de hierbas secas y brozas, sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadores o transmisores de enfermedades, o producir malos olores que supongan un peligro para la seguridad pública, con eliminación de capa vegetal y de aquellos materiales inflamables o susceptibles de provocar incendios, debiendo además velar por la recogida y eliminación de dichos restos y materiales, especialmente desde el 15 de junio al 30 de septiembre.

Por el PRESENTE BANDO, se procede al recordatorio de la obligación de desbroce antes de la fecha señaladas en el párrafo anterior.

Se recuerda, también, que según el artículo 5, y al objeto de evitar en los solares y parcelas el depósito de basura, mobiliario, materiales y desperdicios en general, el Ayuntamiento podrá obligar al vallado de los existentes en suelo urbano que no cumplan con sus obligaciones de seguridad, salubridad u ornato, en los términos en que se encuentran definidos en la normativa urbanística estatal, autonómica y local reguladora.

 

En Boecillo, a 8 de Junio de 2021. El Alcalde-Presidente de Raúl Gómez Pintado.

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